El próximo día 16 de marzo se realizara el Pleno Ordinario a las 21:00.
Para este Pleno traemos 4 propuestas de resolución que creemos que son importantes y que demuestran
nuestro compromiso con los ciudadanos y el trabajo que dedicamos día a día para hacer de Peñíscola un lugar mejor.
Nuestra primera propuesta para este Pleno es la 4ª que traemos en lo que va de año, consiste en solicitar que se realice un Pleno Ordinaro al mes, como ya solicitamos a principio de la legislatura.
En anteriores legislaturas el gobierno del PP estaba acostumbrado a no tener oposición real y a no dejar pasar ni una propuesta de resolución a sus rivales. Pero desde que está La Roca, los plenos se han alargado a mas del doble respecto a anteriores legislaturas.
El motivo es nuestra gran actividad fiscalizadora y también las propuestas que redactamos Pleno a Pleno.
Pedir un pleno al mes es lo normal cuando el número de asuntos a tratar es elevado y se pretende dar gran participación a la ciudadanía y a los grupos políticos.
La segunda propuesta es la exención de la tasa de basuras a las personas que menos recursos tengan, y a las viviendas que no utilicen este servicio. Una medida correctora que mejorará la calidad de vida de nuestra ciudad.
La tercera es una modificación de la ordenanza de participación ciudadana, para que todos los ciudadanos que lo deseen puedan participar en los distintos consejos sectoriales, y además que estas reuniones sean públicas y se puedan visualizar en internet.
La cuarta es una modificación presupuestaria de la que ya hablamos en el post anterior y que por votación popular se ha solicitado que el dinero al cual renuncia nuestro Portavoz y el concejal tránsfuga José Sánchez Fernández, se destine a la reparación y el mantenimiento de los parques infantiles.
Sin más y para los más curiosos y expeditivos os dejamos los textos completos de nuestras propuestas.
Propuesta de Resolución nº4/2017
Modificación del acuerdo plenario 26 de junio 2015 Periodicidad de las sesiones plenarias
La propuesta se sustenta en los siguientes motivos:
1. Es una medida prevista por la ley.
El artículo 46.2a de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, determina que: "El Pleno celebra sesión ordinaria como mínimo cada mes en los Ayuntamientos de municipios de más de 20.000 habitantes y en las Diputaciones Provinciales; cada dos meses en los Ayuntamientos de los municipios de hasta 5.001 habitantes y 20.000 habitantes; y cada tres en los municipios de hasta 5.000 habitantes".
2. Mejora la transparencia y participación ciudadana.
Uno de los ejes de la legislatura ha sido la mejora de la transparencia y participación ciudadana. Sin lugar a dudas esta medida supone una mejora en este sentido y por tanto, ampliar la periodicidad de los Plenos mejorará la participación de la ciudadanía en los mismos y también la cantidad de propuestas presentadas por los grupos políticos, sin que por ello los plenos se extiendan en más de 3 horas.
3.Duración de los plenos.
En el Pleno de 26 de junio de 2015 se aprobó con la mayoría absoluta del PP y el voto de Cs, que los plenos tuvieran carácter bimensual. El grupo al completo de La Roca de 3 concejales y el grupo Socialista con 2 concejales votaron en contra de esta medida ya que comprendíamos que muchas de las competencias delegadas a la Junta de Gobierno Local deberían tratarse en el Pleno.
Aún así, se ha visto y demostrado, que la duración de los plenos respecto a la anterior legislatura se ha incrementado a más del doble de tiempo, incluso después de delegar muchas de las competencias de Pleno a las Junta de Gobierno Local, impidiendo el debate político en temas tan importantes como la privatización de los servicios; Y eso a pesar de la falta de propuestas de los grupos de la oposición Cs y PSOE; La limitación de los turnos de intervención a 5 minutos y la restricción del turno de ruegos y preguntas a los grupos políticos.
Además de lo anterior, hay que tener en cuenta que se ha incrementado la duración de los plenos por los cuatro turnos extras de debate de los concejales no adscritos, el Sr. Sanchez y el Sr.Trillo con sus respectivos turnos de ruegos y preguntas, la incorporación de las 10 preguntas ciudadanas, y la intervención extra del grupo Popular por parte del Alcalde-Presidente cerrando los debates.
Por todos estos motivos y por la posibilidad de que, en un momento dado, los demás grupos de la Oposición se animen a hacer propuestas de resolución en cada Pleno, creemos que repartir el trabajo en plenos mensuales mejorará la transparencia y la participación política.
4.Coste de la propuesta.
Creemos que si a los concejales de los demás grupos, ven esta medida como un despilfarro para la arcas públicas, deberían plantearse, como bien llevaba el PSOE en su programa, que se cobre solo la mitad de las asistencias, y por lo tanto lanzamos un guante al Partido Socialista para que hagan una propuesta de resolución al respecto. Así cobrarán lo mismo, pero trabajarán el doble.
El posible incremento del coste de los plenos se repercutirá en una oposición mejor y mayor participación y transparencia y el coste es asumíble, ya que se puede contrarrestar con los ingresos no percibidos por dos de los concejales de este Ayuntamiento, y siempre y cuando los demás grupos decidan cobrar solo la mitad de las asistencias.
5.Inclusión en el Orden del día para el Pleno.
Advertimos al señor Presidente, que esta propuesta ha sido presentada con el tiempo necesario que exige la ley, para su inclusión en el orden del día del Pleno Ordinario de Marzo. Que ha sido debatida en el Junta de Portavoces en busca de consenso y diálogo, los técnicos han tenido tiempo más que suficiente de hacer los informes pertinentes a este respecto, y que si decide no incluirla en el orden del día, deberá notificarlo por escrito, como resolución de Alcaldía y de manera motivada.
Por tanto, de acuerdo con los artículos 46.2.c de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y el artículo47.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueban la disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.
ÚNICO: Que se modifique el acuerdo plenario del día 26 de junio de 2015, "Periodicidad de las sesiones plenarias" para que las sesiones plenarias pasen a ser mensuales en lugar de bimensuales. Que se celebren el tercer jueves de cada mes a las 21 horas. De coincidir con festivo o víspera de festivo o si coincide con las fiestas patronales, la sesión se celebrará el mismo día y hora de la semana siguiente.
En Peñíscola, a 1 de Marzo de 2017
Propuesta de Resolución nº5/2017
Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa de Prestación del Servicio de
Recogida de Residuos Sólidos Urbanos Nº9.
La propuesta se sustenta en los siguientes motivos:
1. Objeto de la propuesta:
A raíz de la modificación de esta ordenanza presentado por el grupo Popular en el Pleno del 17 de noviembre de 2016. Nuestro grupo ha estado revisando esta Ordenanza para que el pago de esta tasa sea más justo para la población más vulnerable y con menos recursos. Esta propuesta rebaja la presión fiscal sobre las familias y mejorará la calidad de vida de nuestros ciudadanos.
2. Es una medida social:
Principalmente afecta a las personas que menos recursos poseen, o que se ven en una situación de vulnerabilidad social, y que por determinadas circunstancias una exención en esta tasa puede mejorar su calidad de vida.
3. Es una medida de justicia:
En la actualidad, hay muchas viviendas en ruinas y en las que no se puede vivir, por lo que las compañías eléctricas y de aguas no prestan servicio a las mismas. Estas viviendas no generan ningún tipo de residuo de los estipulados en el Artículo 2.2 de esta ordenanza, por lo tanto no es justo que paguen por un servicio que no utilizan.
Se puede decir que los propietarios tienen obligación de tener sus viviendas en condiciones, pero este gasto injusto es un freno a poder hacer obras de mejora. A su vez, es obligación del Ayuntamiento tomar las medidas necesarias para que estas viviendas estén en buen estado de conservación y puedan habitarse. Por este motivo creemos que el Ayuntamiento tiene que empezar a hacer cumplir la ley urbanística de esta ciudad, pero que mientras las viviendas no estén habitables no es justo pagar por el servicio de RSU.
4. Para su inclusión en el Orden del día:
Advertimos al señor Presidente, que esta propuesta ha sido presentada con el plazo de tiempo necesario que exige la ley, para su inclusión en el orden del día del Pleno Ordinario de Marzo. Que ha sido debatida en Junta de Portavoces en busca de consenso y diálogo, y que si decide no incluirla en el orden del día, deberá notificarlo por escrito, como resolución de Alcaldía y de manera motivada.
Propone:
Que se modifique la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos Nº9, incluyendose en dicha Ordenanza un artículo nuevo que se redactará como sigue:
Articulo 11º. Exenciones
11.1.- Viviendas sin Cédula de habitabilidad:
Quedarán exentas del pago de esta Tasa todas aquellas viviendas sin cédula de habitabilidad y que no cuenten con los servicios de suministro eléctrico y de aguas potables y por lo tanto, no estén ocupadas ni generen los residuos estipulados en el Artículo 2.2 de ésta ordenanza.
11.2.- En general tambien se aplican exenciones en los siguientes casos:
Estas exenciones de la Tasa de Basura solo se aplicarán a las viviendas que constituyan la residencia habitual del solicitante, los miembros de familias con ingresos brutos anuales, percápita, inferiores a 5.112 €, y 7.668 € para el caso de familias numerosas.
Además, la titularidad de Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, fuera de la vivienda en la que residen, no podrá superar un valor catastral total de 49.305 €.
El ingreso bruto anual percápita se calculará dividiendo la totalidad de los ingresos brutos anuales de todas las personas que convivan en una vivienda entre el número total de aquellas.
Familias Numerosas:
Deberán acompañar el título de familia numerosa vigente a 1 de enero del ejercicio en el que producirá efectos la exención.
Personas mayores de 65 años:
Se aplicará a sus ingresos brutos un coeficiente reductor del 0,50 (reducción del 50%).
Personas que vivan solas:
Se aplicará a sus ingresos brutos un coeficiente reductor del 0,55 (reducción del 45%).
Personas mayores de 65 años que vivan solos:
Se aplicará a sus ingresos brutos un coeficiente reductor del 0,35 (reducción del 65%).
Víctimas violencia de género con sentencia firme:
Se aplicará a sus ingresos brutos un coeficiente reductor del 0,35 (reducción del 65%) en un período de 5 años a contar desde la fecha de la sentencia firme.
Familias Monoparentales:
Se aplicará a sus ingresos brutos una coeficiente reductor del 0,55 (redución do 45%) si solo percibe ingresos el progenitor/a custodio/a, y los hijos no hubieran finalizado la enseñanza obligatoria, no contabilizando prestaciones de hijos por minusvalía, invalidez o similares.
Desempleados de larga duración:
Se aplicará a sus ingresos brutos un coeficiente reductor del 0,35% (reducción del 65%), a las personas con cargas familiares que lleven en situación de desempleo más de 22 meses ininterrumpidos.
Dependientes con resolución de dependencia:
Se aplicará a sus ingresos brutos un coeficiente reductor del 0,50 (reducción del 50%), con independencia de su grado.
Dependientes mayores de 65 años:
Se aplicará un coeficiente reductor del 0,35 (reducción del 65% de sus ingresos brutos).
Dependientes mayores de 65 años que vivan solos:
Se aplicará un coeficiente reductor del 0,30 (reducción del 70% de sus ingresos brutos).
Discapacitados:
Grado mayor del 65%: computará como 2 personas en el cálculo de la renta percápita.
Grado entre el 33 y el 65%: computará como 1,5 personas en el cálculo de la renta percápita.
En Peñíscola, a 1 de marzo de 2017
Propuesta de Resolución nº6/2017
Inclusión del Apartado 4 en la Ordenanza de Participación Ciudadana en su TITULO III
Artículo 15. Los Consejos Sectoriales Municipales
La propuesta se sustenta en los siguientes motivos:
1. La utilidad de los consejos sectoriales.
Los consejos sectoriales son una herramienta participativa esencial para la ciudadanía, que permiten el trato directo entre la población y la corporación local. Estos consejos fueron creados en base al compromiso de transparencia y participación al que el equipo de gobierno se comprometía con la ciudadanía en su programa electoral.
Al ser un espacio público en el que los políticos pueden tratar directamente con los ciudadanos, es el lugar ideal para llegar a soluciones con el máximo consenso y participación de los grupos políticos y la ciudadanía, haciendo que los compromisos políticos tengan mayor relevancia.
2. Objetivo de nuestra propuesta.
Los consejos sectoriales deben ser públicos, y a nuestro modo de ver con el mismo carácter de convocatoria que un Pleno Ordinario y con la publicidad necesaria para que sean participativos para cualquier ciudadano. Se deben gravar y publicar en la Web municipal, y sus actas y acuerdos publicarse en el portal de transparencia.
Además cada sesión debe tener un apartado de ruegos y preguntas en el que cada miembro del consejo tenga cabida, además de un numero de preguntas del público asistente.
3. Mejora la transparencia y participación ciudadana.
Uno de los ejes de la campaña electoral ha sido la mejora de la transparencia y participación ciudadana. Sin lugar a dudas esta medida supone una mejora en este sentido y por tanto, esta propuesta creará un germen de participación, que mejorará el espíritu de colaboración y servicio en nuestra ciudad, dando más poder de fiscalización a la ciudadanía sobre la gestión política.
4. Inclusión en el Orden del día para el Pleno.
Advertimos al señor Presidente, que esta propuesta ha sido presentada con el tiempo necesario que exige la ley, para su inclusión en el orden del día del Pleno Ordinario de Marzo. Que ha sido debatida en la Junta de Portavoces en busca de consenso y diálogo, y que si decide no incluirla en el orden del día, deberá notificarlo por escrito, como resolución de Alcaldía y de manera motivada.
Propone:
Que se incluya en la ordenanza de Participación Ciudadana en su TITULO III dentro del Artículo 15 "Los Consejos Sectoriales Municipales", el apartado 4, que se redactará como sigue:
"4. Todos los consejos sectoriales serán públicos, con el mismo carácter de convocatoria que un Pleno Ordinario y con la publicidad necesaria para que sean participativos para cualquier ciudadano. Se gravarán y publicaran en la Web municipal, además de sus actas y acuerdos que se publicarán en el protal de transparencia.
Además cada sesión tendrá un apartado de ruegos y preguntas, en el que cada miembro del consejo tenga cabida, además de un numero de 10 preguntas del público asistente que serán limitadas en tiempos de 2 minutos y respondidas por el miembro del consejo al que sean dirigidas. "
En Peñíscola, a 1 de marzo de 2017
Para presentar la última propuesta en la que habéis participado algunos de vosotros, redactaremos un post monográfico para ampliar el detalle de la propuesta.
Gracias por seguirnos y haber leído hasta aquí.
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